Grupos de trabajo establecidos por la Conferencia de las Partes
La Conferencia de las Partes (COP) estableció una serie de grupos de trabajo encargados de elaborar directrices y recomendaciones para la aplicación de los diferentes artículos del CMCT de la OMS. Los grupos de trabajo sobre los artículos 5.3, 8, 11, 12, 13 y 14 han ultimado sus trabajos, y la COP ha adoptado las directrices sobre esos artículos.
Los grupos de trabajo que tienen actualmente un mandato de la COP son los siguientes:
- Grupo de trabajo sobre los artículos 9 y 10 (Reglamentación del contenido de los productos de tabaco y Reglamentación de la divulgación de información sobre los productos de tabaco); las directrices parciales presentadas a la COP4 fueron adoptadas y se pidió al grupo de trabajo que prosiguiera su labor de elaboración de directrices en un proceso gradual y que sometiera proyectos de directrices sobre la adicción y la toxicidad a la COP en sus futuras reuniones, para su consideración.
- Grupo de trabajo sobre alternativas económicamente viables al cultivo de tabaco (en relación con los artículos 17 y 18) El grupo de trabajo presentó a la COP4 su informe sobre los progresos realizados; se le pidió que continuara su labor encaminada a elaborar opciones de política y recomendaciones apropiadas.
- Grupo de trabajo sobre el artículo 6 (Medidas relacionadas con los precios e impuestos para reducir la demanda de tabaco). El grupo de trabajo fue establecido por la COP4.