Última actualización:9 de junio de 2026

Preguntas frecuentes

Elección del próximo Director General



 

¿Quién elige al Director General de la Organización Mundial de la Salud?

El Director General es nombrado por la Asamblea Mundial de la Salud, que es el órgano  decisorio supremo de la OMS y está compuesta por todos los Estados Miembros de la OMS. La Asamblea Mundial de la Salud toma su decisión tras un proceso de nominación llevado a cabo por el Consejo Ejecutivo de la OMS.

 

¿Cuándo comienza el proceso de elección?

El proceso de elección comienza cuando el Director General invita formalmente a los Estados Miembros de la OMS a presentar propuestas de candidatura. Para la elección del próximo Director General, esta invitación se efectuó el 24 de abril de 2026, y el plazo para la presentación de propuestas de candidatura finaliza el 24 de septiembre de 2026.

 

¿Cuál es la función del Consejo Ejecutivo de la OMS y la Asamblea Mundial de la Salud en la elección?

El Consejo Ejecutivo de la OMS lleva a cabo una preselección inicial, elabora una lista breve de candidatos y nomina a un máximo de tres candidatos para su consideración por la Asamblea Mundial de la Salud. A continuación, la Asamblea Mundial de la Salud nombra al Director General de entre los candidatos nominados.

 

¿Cuánto dura el mandato del Director General?

El Director General es nombrado para un mandato de cinco años y puede ser reelegido una sola vez, para un máximo de dos mandatos.

 

¿Quién puede ser nominado como candidato al puesto de Director General?

Cualquier persona puede ser nominada por un Estado Miembro de la OMS siempre y cuando cumpla las condiciones establecidas en las resoluciones y decisiones de los órganos rectores pertinentes. No es necesario que el candidato sea funcionario de la OMS ni ciudadano del Estado Miembro que lo propone.

 

¿Puede proponer un Estado Miembro a más de un candidato?

Sí. El reglamento de la OMS permite a un Estado Miembro proponer a más de una persona como candidato al puesto de Director General.

 

¿Se dan a conocer los nombres de los candidatos?

Sí. Para la elección del próximo Director General, tras la clausura de la última reunión que celebra un comité regional este año (a saber, a principios de noviembre de 2026), la Secretaría de la OMS publicará los nombres de los candidatos y las propuestas recibidas en el sitio web de la OMS. En el sitio web también se proporcionarán los enlaces a los sitios web individuales de los candidatos, si los hubiere y previa solicitud. No obstante, cada candidato es responsable de la creación y financiación de su propio sitio web.

Sin embargo, los candidatos pueden ser reconocidos antes del anuncio oficial, en cuyo caso serán denominados «futuros candidatos» y se les reconocerá como tales en el sitio web de la OMS. El reconocimiento de una persona como futuro candidato se realizará previa solicitud del Estado Miembro que lo propone. Asimismo, si algún candidato interno no ha sido reconocido aún como futuro candidato, también será reconocido como tal a la mayor brevedad posible tras la apertura de las propuestas.

 

¿Tienen los funcionarios de la OMS propuestos para el puesto de Director General que atenerse a obligaciones específicas?

Sí. Los funcionarios de la OMS propuestos para el puesto de Director General están sujetos a las obligaciones establecidas en la Constitución, el Estatuto del Personal y el Reglamento de Personal de la OMS, el Código de Ética y Conducta Profesional, las Normas de conducta de la administración pública internacional y cualquier otra orientación pertinente formulada por el Director General. En particular, deben observar los más altos principios de conducta ética, procurar evitar cualquier apariencia de incorrección y separar claramente sus actividades de campaña de sus funciones en la OMS.

 

¿Los funcionarios de la OMS propuestos para el puesto de Director General seguirán desempeñando sus funciones en la Organización?

Se otorgará los candidatos internos una licencia especial a fin de separar claramente sus actividades de campaña de sus funciones en la OMS. La licencia se otorgará desde la fecha en que el funcionario sea reconocido como futuro candidato.

 

¿Están las actividades de campaña de los candidatos sujetas a alguna condición?

Los candidatos y los Estados Miembros pueden llevar a cabo actividades relacionadas con la campaña. Estas deben regirse por el Código de Conducta para la Elección de Director General de la Organización Mundial de la Salud. El Código de Conducta es un acuerdo político adoptado por la Asamblea Mundial de la Salud que tiene por objeto promover un proceso abierto, justo, equitativo y transparente para la elección del Director General mediante el establecimiento de una serie de requisitos generales y específicos. En particular, los Estados Miembros y los candidatos deberían dar a conocer sus actividades de campaña. El Código de Conducta prevé que «[t]odos los Estados Miembros y candidatos deben revelar con prontitud sus actividades de campaña (por ejemplo, la celebración de reuniones, talleres y visitas), así como las cantidades y las fuentes de los fondos empleados en todas sus actividades de campaña, y comunicarlas a la Secretaría. La información así divulgada se publicará en una página específica del sitio web de la OMS».

 

¿Qué son los foros de los candidatos?

Cuando se propone más de un candidato, la OMS organiza dos foros de los candidatos. Se trata de plataformas en directo en las que los candidatos pueden darse a conocer y exponer su visión a los Estados Miembros en igualdad de condiciones. Los foros de los candidatos estarán abiertos a los Estados Miembros y los Miembros Asociados.

El primer foro de los candidatos consistirá en una serie de entrevistas con los candidatos y  se celebrará, a más tardar, dos meses antes de la inauguración de la 160.ª reunión del Consejo Ejecutivo (prevista para principios de 2027). El segundo foro de los candidatos consistirá en una mesa redonda de carácter más interactivo entre los candidatos y los Estados Miembros y los Miembros Asociados asistentes. Se celebrará, a más tardar, dos meses antes de la inauguración de la 80.ª Asamblea Mundial de la Salud (prevista para mayo de 2027).

 

¿Qué es el foro de internet?

El foro de internet es una plataforma electrónica a través de la cual los Estados Miembros tendrán la oportunidad, durante un periodo limitado de tiempo, de interactuar con los candidatos mediante un formato de preguntas y respuestas. Está previsto que se celebre en noviembre de 2026.

 

¿Por qué es secreta la votación de la Asamblea Mundial de la Salud?

El nombramiento del Director General se realiza mediante votación secreta, de conformidad con el Reglamento Interior de la Asamblea Mundial de la Salud. Este enfoque pretende permitir a los Estados Miembros expresar su elección de forma libre e independiente. El próximo Director General será nombrado por la 80.ª Asamblea Mundial de la Salud. Todos los Estados Miembros debidamente registrados para la reunión tendrán derecho a voto salvo aquellos Estados Miembros cuyos derechos de voto hayan sido suspendidos en ese momento de conformidad con el Artículo 7 de la Constitución de la OMS.

 

¿Cuándo toma posesión de su cargo el nuevo Director General?

El mandato del Director General elegido en la 80.ª Asamblea Mundial de la Salud comenzará el 16 de agosto de 2027.

 

¿Qué función desempeña el Director General?

El Director General es el principal responsable técnico y administrativo de la OMS. Asume una función de liderazgo en cuestiones mundiales de salud, supervisa la labor de la Organización, representa a la OMS internacionalmente y apoya a los Estados Miembros en la promoción de la salud pública mundial.

 

¿Dónde puedo obtener información oficial sobre el proceso de elección?

La información oficial, que comprende el cronograma, los documentos rectores y la información actualizada sobre la elección del Director General, se publica en las páginas del sitio web de la OMS relacionadas con la gobernanza y la elección.

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